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Información y servicios: Guía del comprador

Actuaciones posteriores a la compra

Debes conocer que tras la compra del inmueble debes efectuar algunos trámites administrativos, de los que a continuación te indicamos algunos:

  • Liquidar el impuesto que se devengue de la venta, (salvo en el caso de IVA que se liquida simultáneamente a la escritura) incluso el impuesto sobre el incremento sobre bienes de naturaleza urbana en el caso de que sea sujeto pasivo o haya convenido con el vendedor asumir su pago.
  • Comunicar al presidente de la comunidad, si existe comunidad debidamente constituida, sus datos personales y nueva adquisición.
  • Contactar con las compañías suministradoras para dar de alta los servicios y suministros de que deba valerse o bien si es posible subrogarse en las que ya existieran, en cuyo caso debes tener en cuenta que tendrás que asumir la deuda que hubiera dejado el anterior propietario.
  • Presentar a inscribir tu título de compra, si lo fue en documento público, al Registro de la Propiedad. (Si has adquirido un inmueble con garantía hipotecaria la entidad garante será quien efectúe estos trámites así como el de la liquidación, ello es debido a que la inscripción de la hipoteca tiene naturaleza constitutiva para lo cual te habrán requerido una provisión de fondos previamente por parte de tu entidad bancaria). El notario te indicará si quiere que los trámites de inscripción los realice una gestoría. El precio que cobra la gestoría depende del tipo de inmueble y de las tarifas de las propias gestorías.

Debes informar a la oficina de gestión catastral la nueva adquisición a los efectos de que se varíe el recibo de contribución urbana.

Guía del comprador